Salvo opinión de letrado que me empuje...
A mi juicio el dilema sería a tratar o demandar civilmente. La instalación de una chimenea,(aunque ud no precisa si es tipo estufa eléctrica o de obra a base de " ladrillo y cemento", no constituye infracción penal y el no querer quitarla a su petición tampoco. Si se puede observar una infracción penal en cuanto a los daños a su propiedad y mas aún cuando ud se lo indica y ni la quita, ni la apaga, ni le abona los desperfectos.
Si denuncia vía civil, conseguiría si no que la quite, si que no la use y el pago de los desperfectos.
(Civilmente ud solo solicita el valor de los desperfectos que le ocasiona pero escasamente se valora si esa chimenea, si es tipo eléctrica/adorno pueda instalarse o no). Si fuera ladrillo.. ya habría que ver la posible necesidad de autorización/verificación de obras a nivel municipal.Ladrillos refractarios... etc..
Si denuncia vía penal por los daños en su propiedad, (todo responsable penalmente lo es también civilmente), conseguiría posiblemente lo mismo y si se llega al caso y que sería raro, cualquier mínima sanción, si ud demuestra que repetidamente le ha comunicado que le sigue ocasionando daños y ella persiste en seguir haciéndoselos.
Diferencia :
Civilmente : Aunque no es una deuda, si hay unos daños con un valor (indeterminados aún) y posiblemente necesitaría abogado con sus consiguientes gastos. No se le busca,(aunque se encuentre después) una responsabilidad de infracción penal.
Penalmente : Presenta por escrito ud directamente la denuncia en el juzgado que esté de guardia, (o verbalmente y que hagan las diligencias ellos)..., o si quiere por igual ante Policía o G.Civil que lo remitirán al mismo juzgado, relatando los hechos y haciendo incidencia "primordialmente en los daños en su propiedad". Debe para completar mostrar/aportar documento de perito/empresa reparadora o similar que le justifique a cuanto asciende el valor del daño.
No necesita abogado para ello, pero podría ser que su vecina si.
Aunque pudiera mediar tenue infracción... me inclino mas a la vía civil, pero si lo hace por vía penal quizás sea tan simple que igualmente llegue al mismo fin... y sin necesitar abogado.
Un cordial saludo.
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