Hacer nuevo contrato de arrendamiento

En junio de 2011 hice un contrato de arrendamiento que se prorrogó hasta un máximo de 5 años. O sea que en este pasado junio ya venció, por lo que se entiende que se ha prorrogado táctitamente otro año más, pues ninguna de las partes dijimos nada al contrario con anterioridad. La cuestión es que me interesaría hacer un contrato nuevo con una duración de cinco años y el arrendatario está de acuerdo. ¿Es posible hacerlo una vez que el anterior ya ha vencido o debería haberlo hecho antes de su vencimiento? ¿Y en caso de poder hacerlo debo indicar explícitamente que la duración es de 5 años y que a su vencimiento se prorrogará anualmente o se puede poner que la duración es anual y que se prorrogará hasta un máximo de 5 años? Como cambió la ley no lo tengo muy claro. Y si me pueden decir que debería tener en cuenta para hacerlo de la manera que digo.

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Tal como describe la situación ese alquiler está prorrogado tres años a favor del inquilino, le hago esta puntualización porque si bien pueden pactar un contrato nuevo cuando les parezca oportuno declarando extinguido el actual, entiendo que la duración del nuevo no debe perjudicar los derechos adquiridos por el inquilino.

En este momento puede pactar perfectamente un contrato de cinco años de duración, o de un año con prórroga hasta cinco, como le digo para ello basta que el casero y el inquilino estén de acuerdo en cancelar el contrato vigente y pactar uno nuevo.

A vd desde luego le conviene un contrato de cinco años de duración con clausula penal de un mes por año que el inquilino deje de cumplir.

Lo que tiene que considerar es esto:

Ley de arrendammientos urbanos Artículo 9. Plazo mínimo Artículo 10. Prórroga del contrato Artículo 11. Desistimiento del contrato

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