Sanción tributaria por no presentar trimestres cuando correspondía con aviso en domicilio incorrecto.
A finales del 2013 me surgió la posibilidad de ganarme unas pelas extras en un restaurante como músico ya que años atrás estuve trabajando en una orquesta y puesto que tenia la experiencia me ofrecí.
El problema que se presento es que me solicitaban factura y puesto que era algo esporádico y no era autónomo me informo un abogado que para un solo día dándome de alta en el modelo 303 asunto resuelto. (Bendito abogado)
El día 19/04/2016 tengo la primera noticia de hacienda (me di de alta para un solo día) concreta-mente el 31/12/2013 y en la carta se me requiere presentar autoliquidaciones del ejercicio 2015 de los trimestres 1,2 y 3.
¿Claro yo leo esto y digo pero que coño? Si yo solo me di de alta para un dia! Yo esperaba que se me solicitara los 115€ que debía declarar pero cuando voy hacienda y me cuentan todo el jaleo atónito me quedo.
El caso es que yo sin saberlo estaba dado de alta y lo mas importante (con obligaciones) YO NO TENIA NI REMOTA IDEA.
Lo primero que le digo es que como me solicitan nada del año 2015 antes que del 2013 (unico dia que facture) 2014 y 2015 NO FACTURE NADA, pues bien la muchacha no sabe responder y me dice que solo me requieren los tres trimestres del 2015 "tócate los huevos manolete"
Se pone a buscar mis datos y me da una dirección de una cuidad y dirección que no corresponde con la que yo rellene en el formulario 303, Incomprensible y por ello que tardaran 3 años en encontrarme! No tenían la dirección correcta.
Entre que andaba con problemas en la familia y no sabia bien para donde tirar pasaron 6 meses y imposición de sanción por no presentar los 3 trimestres requeridos del ejercicio 2015 (el cual repito no trabaje nada) al igual que el ejercicio del 2014.
OK, me dirijo hacienda y finalmente presento todos los trimestres reclamados.
15 días después de presentar dichos trimestres me llega TRES CARTAS DE HACIENDA.
Acuerdo de (iniciación y comunicación del tramite de audiencia de expediente sancionador)
No presentar en plazo autoliquidaciones sin que se produzca perjuicio económico, lo cual se ha puesto de manifiesto al presentar fuera del citado plazo las declaraciones negativas.
Si como consecuencia del desarrollo del expediente sancionador se confirmara infraccion la sancion seria de.
Multa fija 100,00€
Reducida 75,00€
Multiplicado por los 3 trimestres no presentados del 2015 = 300,00€
Sumado a los otros tres trimestres no presentados del 2014 = TOTAL 600,00€ !
Por mi querida ignorancia e incorrecta dirección e pasado de tener que pagar 115,00€ de I.V.A por tan solo UN DÍA QUE TRABAJE a pagar 715,00€ entre otras cosas porque la primera notificación a sido recibida 3 años después de darme de alta en el 303.
Antes de suicidarme quisiera saber si dichas sanciones por los retrasos se llevaran a cabo o por consiguiente existe alguna forma de recurrir acogiéndome a que la dirección estaba incorrecta y por tanto por ello e dado lugar a dichos retrasos sumados a mi desconocimiento tributario.
Ante todo gracias por vuestra ayuda espero podáis ayudarme. GRACIAS
Me dirigí automáticamente hacienda para explicar que no tenia ni idea que debía presentar liquidaciones y que como era posible que se me solicitara liquidaciones del 2015 antes que las del 2013 o 2014 que no lo comprendía pero que ademas yo solo me di de alta para un dia y que nadie me dijo que debía darme de baja ni presentar nada que si lo hubiera sabido logicamente ni hubiera dado lugar a ningún requerimiento.