Herencia en Cataluña renunciada mediante precio por bilbaína

Yo soy de Bilbao, y mi madre murió en mayo de 2016 en Barcelona (residía desde hace 30 años) y nos dejó a partes iguales su vivienda a las dos hermanas (mi hermana vive en Barcelona desde hace veinte). Yo renuncié a la herencia ante notario mediante precio y mi hermana me abonó allí mi mitad y pagó sucesiones y transmisiones. ¿Qué impuestos debo pagar yo en Bilbao? ¿Ya los hemos pagado las dos con sucesiones y donaciones?

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Si se ha pagado el impuesto de sucesiones y el ITP de la transmisión no veo que quede otro impuesto por pagar.

¡Gracias! Muy amable.

Aún así, concreto un poco más la duda.

Dado que yo "renuncié" en la escritura a la herencia y ella ha pagado sucesiones y transmisiones, ¿mi incremento patrimonial deberá incluirse en renta como ganancia patrimonial?

Tal como describe los hechos, salvo que en Vizcaya haya otra forma de entenderlo, su patrimonio no ha sufrido ninguna alteración, ni ganancia ni pérdida.

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