Despido y contratación en el extranjero misma empresa

Estuve trabajando 10 años para una empresa sucursal irlandesa, me despidieron hace 4 meses porque el puesto que yo ocupaba desapareció.

Ahora me ha salido una oportunidad de trabajar en Dublín en la matriz de la empresa para un contrato de sustitución por maternidad.

Tendría qué pagar el 25% de la indemnización por no haber pasado los 3 años desde mi despido o al ser la contratación en otro país esta exento?

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Sinceramente, yo no lo haría. Para que pagues la retención correspondiente al despido, debe primero iniciar una inspección la Agencia Tributaria, y además, debe demostrarse que hay continuidad en la prestación de servicios, es decir, que no ha sido una simulación. La norma de los 3 años busca prevenir el fraude, de una empresa que despide a una persona y la vuelve a contratar dentro de un periodo de 3 años para pagarle un plus encubierto, pero no persigue situaciones como la tuya.

Por otra parte, si, como comentas, el contrato se lleva a cabo bajo legislación Irlandesa, no sería aplicable la normativa española. Debes conocer bajo qué legislación se formaliza el contrato, y con ello, te asegurarás de este tema.

En cualquier caso, ya te digo que conozco personalmente varios casos que han pasado por una situación similar y no han tenido problemas. La Agencia Tributaria no suele iniciar de oficio estos procedimientos por la dificultad de la prueba, así que yo estaría tranquilo.

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