I. Hola Virgilio, por mi parte no sé responder a su pregunta pero creo que en este enlace puede ver información al respecto.
http://www.citapreviainem.es/subsidio-desempleo-ingreso-extraordinario/
Según he leido me temo que podría existir una interferencia en función de los cambios aplicados en el año 2013. (Copio/pego).
-- Requisitos:
Carecer de rentas. A partir del 15 de marzo de 2013 se tienen que cumplir estas dos condiciones:
- Que el solicitante no tenga rentas de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, es decir, que no excedan de los 491,40 euros/mes (año 2016).
- Que la renta media de su unidad familiar no supere tampoco esa cantidad. Es decir, que si se suman las rentas del solicitante y las de su cónyuge y/o hijos menos de 26 años (o mayores discapacitados o menores no emancipados si los tuviera) y dividimos toda esa suma entre el número total de miembros de la unidad familiar, el resultado no debe superar los 491,40 € de media mensual por cada miembro.