Que porcentajes corresponden a los herederos

Mi padre ha dejado testamento de la siguiente forma:

Deja el único bien del que dispone "que es un piso" a un amigo, y especifica en su testamento que el remanente se reparta apartes iguales entre sus hijos que somos cinco. ¿Se puede hacer esto? No debería respetar la legitima para los herederos legítimos que debería ser 2/3 partes para los cinco hijos y el amigo solo tendría derecho al tercio libre.

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Si se trata de un testamento de derecho común, Código Civil, es como vd señala.

Perdón, puede puntualizar un poco que es el testamento de derecho común,¿código civil?, pues esta redactado como cualquier testamento normal, tal como ya he explicado. Y no se interpretar lo del derecho común, gracias!

Si está sometido al Código civil, derecho común, o a algún ordenamiento foral, aragonés, catalán, navarro etc., por razón de la vecindad de los interesados

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