Declaración de la renta de una persona fallecida

Mi padre falleció en mayo del 2016 y me ha llegado una carta con las retenciones.

Quisiera saber si hay que presentarla y quien debe hacerlo. Los herederos somos tres hermanos y los tramites ya están todos hechos.

2 Respuestas

Respuesta

Deberá presentarse declaración individual del fallecido por las retribuciones que haya tenido durante el ejercicio 2016. En dicha declaración habrá que poner como representante a uno de los herederos. Ademas habrá que adjuntar, en caso de salir a devolver, "solicitud de devolución a herederos" e incluso adjuntar a la liquidación de la herencia ese importe a devolver como adición a la misma.

Respuesta

Para el ejercicio 2015 la AEAT informaba:

En el caso de contribuyentes fallecidos durante 2015, el impuesto se devengará en el momento del fallecimiento y el periodo impositivo resultará inferior al año natural.

En el supuesto de fallecido integrante de una unidad familiar, los restantes miembros podrán optar por la tributación conjunta pero sin incluir las rentas del fallecido.

La declaración del fallecido deberá presentarse en modalidad individual.

Es de esperar que en el 2016 se siga el mismo criterio

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