Juicio seguridad social por incapacidad

Yo tengo que percibir un dinero por una sentencia de incapacidad. La cual tiene efectos del día 23/01/2015 y la sentencia salió el 26/04/2017, mi pregunta es qué porcentaje tiene que abonarme a efecto de intereses.
Y por otro lado tengo que tributar por ello.

1 respuesta

Respuesta

La seguridad social no paga intereses. Te pagaran los atrasos. Y si es una incapacidad total debes tributar. Solo están exentas de IRPF la incapacidad absoluta y la gran invalidez.

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