¿ Es legal la venta de suplementos siendo un particular?

Resulta que me han regalado unos suplementos deportivos (típicos suplementos alimenticios de gimnasio o de corredores) y que no voy a usar. Las cajas están cerradas y voy a venderlos por debajo de su precio original.

He puesto los anuncios en páginas de Internet como mil*... Cios etc y en una de estas me lo han rechazado por incumplimiento de su normativa.

¿Es ilegal estas esta situación? ¿Retiro los anuncios?

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Es habitual la venta en distintas páginas de objetos que uno no le va a dar uso, de segunda mano y al objeto de deshacerse de ellos sin tener problemas por tratarse de ser ventas puntuales, ahora bien, el producto que ud pone en venta es un producto alimenticio regalado (independientemente de ser vigorizante para el deporte o no). Esto por tanto entraña el riesgo desde que de fábrica pudieran estar algunos en mal estado y quepa la duda razonable ya que no es propiedad de la página vendedora, a que a alguien le siente mal..., y no creo que ud y si se lo han regalado mas aún, pueda garantizar que nada ocurra. Si se diese el caso y alguien denuncia podría tener graves consecuencias.

Por otro lado existe una retahila de leyes variadas que acompañan a las webs en el marco de las ventas online por las que la página vendedora debe ofrecer garantías (venden ellos sus propios productos o los ya concertados). En este caso la página no vende, es un mero mediador que expone y el vendedor es ud. Por tanto habrá páginas que no se lo publiquen por seguridad en ellas mismas y otras que no le presten tanta atención y lo hagan. Lo claro es que si derivara en un fallo de envase, estado etc.. y produjera alguna reacción o síntoma clínico/médico....tendría problemas.

Hay quién en el mundo de la venta de anabolizantes y esteroides ha llegado a ser detenido por delito contra la salud pública. Su caso es algo complejo y en una mala situación pudiera darle problemas.

Las páginas que son vendedoras de sus productos están al tanto de :

La LSSI-CE Ley 34/2002, de 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la información y de Comercio electrónico.

  • Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, Ley 23/2003, de 10 de Julio.
  • Ley General de Publicidad, Ley 34/1988 de 11 de noviembre
  • Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, Ley 26/1984 de 19 de Julio.
  • Ley de Ordenación del Comercio Minorista, Ley 7/1996, de 17 de enero.
  • Ley de Condiciones Generales de Contratación, Ley 7/1998, de 13 de abril.
  • Ley de Firma Electrónica, Ley 59/2003 de 19 de diciembre.
  • Ley sobre Contratos celebrados fuera de los Establecimientos Mercantiles, Ley 26/91 de 21 de noviembre.                                                                                                                            Todo esto y como es obvio es sacado de requetemirar....,pero viene a decir cuantas cosas debe de tener en cuenta una página que vende sus productos. En su caso... es ud el vendedor y si la página se cree a si misma en cierta manera responsable de ofertar su producto... puede no publicárselo .

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