Desgravar por coche de renting

Soy autónoma de una empresa de transportes. Quería coger un coche de renting para desgravar por el, ¿eso es posible? Se desgrava el 100%o solo el 50%. ¿Compensa?

Respuesta

En el caso de trabajadores por cuenta propia, el renting es un gasto 100% deducible como gasto en IRPF siempre que esté afecto a la actividad. Dicho de otra forma, habrá que justificar que el coche se usa para trabajar y no para cuestiones personales. Por lo que habrá que demostrar que el coche es una inversión necesaria para la actividad empresarial.

En cuanto a la cuota de IVA ocurre lo mismo, siempre que se pueda demostrar que es un bien afecto a la actividad, será deducible al 100%.

Por lo que si se cumplen las especificaciones legales, podrías desgravar el gasto de este.

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Respuesta

La deducción será al 100% siempre que se acredite, si lo solicita la agenmcia tributaria, la necesidad de ese vehículo para desarrollar la actividad en la que se practica la deducción y que ese vehículo está afecto exclusivamente a esa actividad.

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