Después de 3 años de contrato de alquiler, se puede subir el precio del alquiler un 16%
El 16 de mayo de 2014 firmamos contrato de alquiler, comenzando la vigencia el 1 de julio del mismo año
Se estableció una duración de un año, y prorroga máxima de 3 años sin ninguna de las partes lo resolvía unilateralmente, estableciéndose una renta de 650 euros.
Se estableció que según el articulo 18 de la vigente LAU (LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS DE 4/2013), se haría la revisión anual de la renta en función del IPC.
Tras cumplirse los 3 años, el arrendador nos notifica que quiere firmar nuevo contrato, y que la renta ascienda a 750 euros dado la situación económica en alza del sector del alquiler en Málaga
Preguntas:
¿Tiene facultad de saltarse la revisión del IPC y solicitarnos ese aumento desproporcionado?
¿Podemos esgrimir que nuestros ingresos no son superiores a los de hace 3 años?
¿Podemos acudir a arbitraje al considerar la subida desproporcionada?
Queremos continuar en el piso, podríamos aceptar cierta subida, quiero conocer mis derechos para poder negociar