Subida del IPC en alquiler
Quisiera exponeros mi caso para ver si me podéis aclarar un par de dudas respecto a mi alquiler.
Firmé el contrato de alquiler de mi vivienda el 21 de mayo de 2014, con una renta fijada en 465€, importe que he estado pagando hasta hoy sin que se me haya reclamado subida alguna del IPC.
En el contrato figura que: "la renta tendrá una revisión anual del IPC conforme al art. 18 de la LAU, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado, bastando la notificación en el propio recibo con efectos del mes siguiente"
Las dudas son las siguientes:
¿Puede el arrendador reclamarme con carácter retroactivo las subidas anteriores del IPC que no ha notificado hasta la fecha? ¿En mi caso concreto con ese importe, que cantidad debería de empezar a pagar el próximo mes si se me acaba de solicitar la subida del IPC? ¿Si el contrato se firmó en mayo, no debería de ser en mayo de este año cuando se tendría que hacer efectiva la subida?