¿Como denunciar un vehículo sin itv y sin seguro?
Una vecina fue a comisaria de policia local a denunciar a otro vecino ya que conduce un ciclomotor sin itv y sin seguro y también posee un coche sin itv aunque ignora si tiene seguro o no, pero en comisaría le respondieron que ella no era nadie para denunciar esas cosas y que ni siquiera tenía que saberlas.
3 respuestas
Pues el agente de policía en este caso no hizo su trabajo, pues debió comprobar la veracidad de los hechos que denunciaba la vecina.
Si el vehículo esta estacionado en la vía publica o circula por la misma debe estar asegurado y con la ITV en vigor.
Artículo 73 de la LSV recoge los aspectos relativos a la incoación del expediente, cuando señala que el procedimiento sancionador se incoará de oficio por la Autoridad competente que tenga noticia de los hechos que puedan constituir infracciones tipificadas en esta Ley; estableciendo distintas formas de dicha incoación, que ya se venían recogiendo en el artículo 11 del RD 1398/1993, y que son:
• Por iniciativa propia, por la propia Autoridad competente que haya tenido conocimiento de estos hechos.
• De oficio mediante denuncia formulada por Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia y control de la seguridad vial
• De oficio por la Autoridad competente a consecuencia de denuncia de cualquier persona que tenga noticia de la presunta infracción.
Se puede comprobar por ejemplo que un vehículo no tiene ITV simplemente viendo la pegatina que debe llevar puesta el vehículo.
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En este caso existe falta de legitimación por parte de la vecina para denunciar tales hechos.
No tener seguro o no tener la ITV en vigor son actos susceptibles de sanción administrativa y debe ser la administración pública la que actúe.
La vecina hace bien en informar pero no está legitimada para iniciar esos trámites.
La respuesta del policía nos puede parecer más educada o no, pero esa es otra discusión.
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Me temo que se equivoca, el art 73 de la LSV contrmpla más casos para incoar un expediente o una denuncia - Jesus Villalba
En primer lugar copio y pego el citado artículo con sus dos epígrafes.1. El procedimiento sancionador se incoará de oficio por la Autoridad competente que tenga noticia de los hechos que puedan constituir infracciones tipificadas en esta Ley, por iniciativa propia o mediante denuncia de los Agentes encargados del servicio de vigilancia de tráfico y control de la seguridad vial o de cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos. 2. No obstante, la denuncia formulada por los Agentes de la autoridad encargados del servicio de vigilancia del tráfico y notificada en el acto al denunciado, constituye el acto de iniciación del procedimiento sancionador, a todos los efectos. - Juan Bautista
La clave está en la primera frase, Dice que la administración actuará de oficio cuando conozca los hechos. Pero en este caso no hay hechos, en este caso tenemos la versión de una vecina que dice ver a un vecino sin ITV, no sabemos la antigüedad del ciclomotor por lo que no sabemos si tiene que tener la ITV pasada o no.El caso del seguro es más llamativo, sólo tráfico debería tener acceso a ese dato, ¿Cómo lo sabe la vecina? - Juan Bautista
En cuanto al coche, el mismo caso, no sabemos la antigüedad, puede haber pasado la ITV y no haber puesto la pegatina correspondiente. Existen como ves, muchos elementos dudosos como para iniciar, de oficio, un expediente sancionador. - Juan Bautista
Vamos a ver si voy con una matrícula a la policía no tardan ni 3min en averiguar si tiene o no itv y seguro. Que pasa? Que si hicieran su trabajo y lo comprobran tendrían que meterse en denuncia y papeleo porque se supone que están obligados a perseguir los delitos. La cuestión es aunque ella no tenga autoridad para denunciar, los agentes están obligados a comprobar si lo que dice es verdad o no para perseguir ese delito? - Aracne Aris
No es así. Si vas a la policía y das la matricula de un coche de tu propiedad te dan esa información, si no es tuyo el coche, no te deben dar esa información. Por otro lado, no tener ITV o seguro no es un delito, es una infracción administrativa.Con respecto a lo ultimo, los agentes actúan conforme a la legislación vigente. No pueden iniciar ningún tipo de acción. - Juan Bautista
Tú no pides información, tú la estas dando. Pero como es una infracción administrativa me estas diciendo que no están obligados de perseguir infracciones administrativas aunque se les ponga en conocimiento ,no? - Aracne Aris
No he dicho eso.Ellos están obligados a iniciar los trámites correspondientes que desembocarán o no en denuncia.Pero en tu pregunta dices que el policía le dijo que "no eres nadie para denunciar esto y no tienes por qué saber estas cosas"Esa es la frase que mas me extraña de tu pregunta.No es que tu vecina no sea nadie, mal dicho por el policía si fue así. Pero tu vecina no está legitimada para iniciar esas acciones. Si el vecino de la supuesto moto sin seguro ni ITV hubiera atropellado o golpeado a tu vecina entonces si. Es una víctima directa y la administración entra de oficio. - Juan Bautista
En lo referente a la última frase de tu pregunta "y usted no tiene por qué saberlo" viene relacionado con el comentario anterior.Seguro que al policía le extrañó que tu vecina supiera si tenía o no ITV y seguro ya que esa información sólo la deben conocer el titular del vehículo y la administración pública. - Juan Bautista
Se lo dije antes Juan Bautista, el articulo 73 establece que si los agentes tienen conocimiento de una infracción administrativa de trafico, tienen la OBLIGACIÓN de denunciarla. Tiene razón al decir que no es un ilícito penal y si una infracción administrativa.Aunque en este caso el vehículo este estacionado en la vía pública y no circule, trafico prevé infracción administrativa con una cuantía mas baja que si sorprende el vehículo siendo conducido.En estas infracciones el responsable no es el conductor del mismo sino el propietario al igual que sucede con la itvLa policía debió comprobar que el vehículo se encontraba en la vía pública y denunciar la infracción si el mismo carecía de seguro. - Jesus Villalba
La policía no le facilitara la información a la vecina, pero si deberá comprobar la veracidad de los hechos que denuncia la señora.Es mas, en este caso como los agentes pueden observar la infracción por ellos mismos, la denuncia pasaría de ser una denuncia voluntaria a una de oficio, pues lo agentes están siendo testigos in situ de la infracción. - Jesus Villalba
Mezclas la carne con el pescado mi pregunta es simple aunque no sea nadie para denunciarlo sigue siendo una infracción por lo que dices y si están obligados a perseguir infracciones porque no lo comprobaron y luego la echaron? Además tu puedes saber la documentación de cualquier vehículo puesto que la policía tiene un servicio que te cobra para que estés más seguro en la compra de cualquier vehículo lo pagas pero te lo dicen! Si notificando a la autoridad competente ni ellos hacen nada que significa? Que no tienen porque hacer nada o que no le dio la gana de hacerdo nada? - Aracne Aris
A ver, en la pregunta inicial no se dice si el coche esta aparcado en la vía publica o no. Por otro lado, no sabemos que actuaciones ha llevado a cabo la policía, sólo sabemos lo que supuestamente le respondió a su vecina. - Juan Bautista
Los dos vehículos se aparcan en la vía pública y se utilizan casi a diario. Y ya han pasado unos 3 meses o más desde que esa vecina fue a comisaria. - Aracne Aris
Por otro lado, y tal como recoge la ley, http://www.boe.es/boe/dias/2004/11/05/pdfs/A36662-36695.pdf, la infracción es "circular" sin seguro o "circular" sin itv. En el momento en el que la vecina está en la policía no sabemos si el vecino está circulando o no. Los agentes no serían testigos "in situ" de ninguna infracción, ya que no están viendo circular al vecino ni en moto, ni en coche. - Juan Bautista
¿Le digo que le grabe conduciendo los dos vehículos? - Aracne Aris
Aracne, puedo entender y hasta veo lógico tu enfado y el de tu vecina, pero la infracción es "circular" sin seguro o ITV. Si cómo bien dices el vecino aparca en la vía pública. Cuando el coche esté aparcado puedes llamar a la policía local y pedir que se acerquen al sitio en el que está estacionado el vehículo y reiterar que no tiene ITV ni el seguro en vigor y que supone un riesgo potencial para el conjunto de la población. En ese caso los agentes, y ahora SI "IN SITU", abrirán un expediente sancionador y, de no hacerlo, entonces pediría el número de placa al agente y reclamaría por dejación de funciones. Esto es lo que debes hacer. - Juan Bautista
Aunque no sé si así le harán caso - Aracne Aris
Haz lo que te he comentado. En lo referente a la grabación, si bien es cierto que está en la vía pública y por tanto en principio no menoscabas su derecho a la intimidad, sólo te la admitirían como prueba en el supuesto de que tu estuvieras afectada por sus hechos de manera directa. - Juan Bautista
La verdad es que la vecina esta "al loro" y mientras se dedique a denunciar estos hechos lo hace bien.
Distinto es que la Policía haga caso a dicha vecina. Ella ha cumplido.
Por cierto, dígame por donde vive para no estar cerca de ella.
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