En la mayoría de comunidades autónomas, pero no en todas, es obligatorio dejar una parte de la herencia, llamada legítima, a los hijos, que son sustituidos por sus descendientes si hubieran muerto, Tu y tus hermanos compartiréis la legítima que hubiera correspondido a vuestra madre. Si tu abuela ha hecho testamento, respetando las legitimas, sus herederos serán aquellos que ella haya designado, podéis ser vosotros u otros.
Si no ha hecho testamento, su herencia se divide en tantas partes como hijos tuvo y si alguno ha fallecido, su parte va a sus hijos.