La empresa me puede obligar a trabajar fuera de mi horario?

En la empresa en la cual trabajo nos han amenazado comentándonos que algún día hagamos excepciones realizando turnos de más de 12h o venir fuera de nuestro horario de trabajo para cubrir un servicio. Nos han dicho que si nos negamos a realizar ese servicio que es eventual nos abren expediente disciplinario al que se niegue.

¿Eso pueden hacerlo? Yo pienso que no tengo la obligación de venir fuera de mi horario habitual, y más teniendo un cuadrante mensual y realizando el cambio a pocos días del evento.

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Según el Estatuto de los trabajadores, en su art. 41 dice lo siguiente:

“La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.

Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:

b) Horario y distribución del tiempo de trabajo.”

La empresa debe comunicarlo con una antelación mínima de 15 días, una vez cumplidos estos requisitos por parte de la empresa, el trabajador o bien puede haceptar los cambios, impugnar la decision ante el juzgado de lo social o solicitar la extinción de su contrato con la indemnización correspondiente.

Por ultimo, la jornada semanal máxima legal es de 40, si se realizan más, o bien deben abonarse como horas extraordinarias o compensarlas con descanso en semanas posteriores.

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