¿Me pueden prohibir el acceso a la piscina comunitaria?

Hace un año y pico compré una segunda vivienda en Garrucha (Almería) procedente de un embargo bancario. La vivienda es un bajo y está ubicada en un pasillo en el que hay otras 4 viviendas. Antiguamente esas 5 viviendas eran locales comerciales, en algún momento se transformaron en vivienda y cuando yo la compré ya figuraba en escritura como vivienda y por supuesto, en mi escritura de compraventa también está escriturada como vivienda. Cuando aun era local comercial, los locales no tenían derecho a acceder a la piscina comunitaria por ser locales, pero luego se transformaron en viviendas y se ha seguido impidiendo el acceso a la piscina a los propietarios de los mismos.

La cuestión es que yo pago todos mis recibos de comunidad, pero desde el primer momento se me negó la posibilidad de entrar a la piscina común, no me facilitaron la llave de acceso ya que alegaban que eso debía ser aprobado en junta por todos los vecinos del bloque, y en su día se votó y salió que no querían dar acceso a esas 5 viviendas antiguos locales a la piscina.

Mi duda es si eso es legal, y si habría alguna manera de denunciar o reclamar esto, y estaría interesada también en encontrar algún abogado que pudiera llevarme el tema.

2 respuestas

Respuesta

Usted asegura que paga todos sus recibos de la comunidad, pero deberá de estar segura, que en ellos va incluido los gastos de la piscina.

Si usted esta segura que si contribuye a ese gasto, escriba un burofax al administrador indicando que como a pesar de que usted contribuye al mantenimiento de la piscina y a usted no se le permite el acceso a la misma, ha decido no seguir pagando la comunidad, y si ingresara el dinero en el juzgado (cosa gratuita) y que puede o no hacer.

Y si no esta contribuyendo envíe burofax indicando que en próxima junta se trate el tema y que para contribuir al mantenimiento, se tenga en cuenta su coeficiente, que supongo tendrá asignado en escritura

Respuesta

Entiendo que si se hizo legalmente el cambio de local comercial a vivienda se tuvo que aprobar una modificación de la escritura del titulo constitutivo y de división horizontal por todos los vecinos y adjudicar a dichas nuevas viviendas su porcentaje de participación, reestructurando el porcentaje de las otras (lo que conllevaría a cambiar las escrituras de todos) o, a lo mejor, se mantuvo el porcentaje primitivo, eximiendo a estas nuevas viviendas de participar en determinados elementos comunes. Yo no soy experto, pero lo primero que habría que ver es si existe una escritura de división horizontal que modifico la escritura de división horizontal primitiva en la que por acuerdo de la comunidad (de una fecha concreta) y se supone que con autorización del ayuntamiento se acordó cambiar dicho titulo constitutivo y reconvertir los locales en viviendas. De aquella modificación es de donde debería de traer causa tu escritura de vivienda. En todo caso, como cuando a uno le duele algo va al medico, en la presente situación lo mejor es ir a un abogado, porque no solo puede ser que el acuerdo se haya tomado mal si no que, por ahorrarse el cambio de todas las escrituras de las viviendas, se ha dejado a esas cinco sin porcentaje de participación sobre la piscina y, por lo tanto, sin acceso a la misma, y por lo tanto dicha división horizontal no es correcta en sus porcentajes de repartición.

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