Agua comunitaria

Y gracias de antemano mi queja es la siguiente si alguien me puede asesorar, compre un local comercial en el año 2006, y según escrituras y papeles estaba fuera de cargas, ahora me reclaman la comunidad el agua que no se pago en el año 2002 al 2006, del agua que es comunitaria yo en mi local tengo contador mio propio y no tengo ni acceso al portal ni nada y también me reclaman que tengo que pagar desde ahora el agua de todos sin tener yo nada y mi agua propia con mi contador tengo que pagar yo esa demora y el agua comunitaria o a quien tengo que acudir para solucionar este problema o obligarles a poner el contador cada uno en su casa y entonces si pagar a la comunidad lo que me pidan porque en escrituras me corresponde el 6,16% de la comunidad según ellos tengo que pagar ese tanto por ciento sin tener yo agua comunitaria.

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Aunque usted tenga un 6,6% de cuota de participación si en la escritura de división horizontal de la finca (se puede sacar del registro de la propiedad pidiendo una certificación literal del edificio) pone que los bajos están exentos de los gastos ordinarios usted no deberá pagar el agua.
Hay muchas fincas en las que el constructor (porque normalmente se queda los bajos) pone que éstos están exentos del pago de gastos ordinarios (luz, agua, a scensor, etc) no así de los extraordinarios o que le beneficien(arreglo fachada, seguro comunitario, etc)
Sin ver la documentación considero que no debería pagarlo, no obstante como siempre aconsejo, en caso de duda busque un abogado que podrá asesorarle completamente de sus derechos y obligaciones.
EN LOS ESTATUTOS PONE que pertenece el 6,16% del edificio y punto no aclara nada más osea a pagar no, pero yo tengo contador propio desde que lo tengo, gracias
No me refiero a los estatutos redactados por la comunidad, sino a las descripciones cuando se realiza la división horizontal.
Si en los estatutos o en la escritura no pone que los bajos están exentos, entonces deben pagar. Salvo que haga mucho tiempo que los bajos no pagan por acuerdo tácito de la Comunidad, en ese caso no creo que deba abonar el agua, pero no porque tenga contador propio, sino por acuerdo tácito de los propietarios. Tenga en cuenta que las viviendas también tienen contador propio y aún así pagan el agua comunitaria.
Los pisos ninguno tiene contador es agua comunitaria solo hay un contador abajo y vale gracias muy rápida tu respuesta pero me tendré que poner en contacto con un abogado que me asesore gracias
Acertada decisión.

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