Reparación de baldosas del balcón

El piso en el que trabajo es de alquiler y se nos han roto un par de baldosas del balcón que da a la calle. ¿Me corresponde a mí (o a mi casero) la reparación o a la comunidad? El propietario me las reclama a mí pero yo creo que es cosa de comunidad, ¿no?

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No. No es asunto de la comunidad porque está dentro de un bien privado. Le corresponde al casero esa reparación a menos que él, por medio de perito, determine que hubo negligencia en el buen manejo del piso. Que su seguro hogar resuelva.

¡Gracias! 

¡Gracias! 

En principio se va a hacer cargo la comunidad, dicen que forma parte de un elemento común y que no ha sido por mal uso por nuestra parte.

2 respuestas más de otros expertos

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2

Depende del porque se han roto.

Si a ustedes se les ha caído algo encima y se han roto, es problema del propietario y usted, y habría que mirar el contrato.

Si se han roto por causa de viejas, sol, etc, que no ha sido causa humana, el problema es de la comunidad ya que el suelo de la terraza es comunitario

Lea el art. 396 del código civil, ahí le dice lo que es comunitario

Hola Lorenzo, muchas gracias por contestar. Me acabo de leer el articulo pero hablo del balcón nuestro, no de una terraza. En el artículo que me comentas habla del suelo de terraza pero no del balcón. 

La causa no la sabemos, lo hemos visto a la vuelta de las vacaciones que hemos estado 15 días cerrados. Está como levantado...Estos días ha llovido mucho, no sé si eso ha podido ser la causa. De ser así, la reparación entonces va a cargo de la comunidad, no?

Muchas gracias de nuevo por la respuesta.

Un saludo

Para la LPH, el balcón o terraza es lo mismo, el suelo y las paredes así como las ventanas son comunitarias, aunque usted tenga la propiedad

Vuelva a leer el art. ahi le dice bien claro balcones

$ Tales como el suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores;$.

Por supuesto, dado que no están rotas, sólo y exclusivamente se han levantado, pero esto no es problema suyo que deban de tratar con la comunidad, será el propietario quien lo tiene que gestionar, usted le dice que se le el art. seia interesante que haga fotos.

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Ni tuya ni de la comunidad. Es su problema como propietario del piso.

Acabo de leer la respuesta de Lorenzo Ayuso. Sin ánimo de contradecirlo:

1) No estamos hablando de una terraza, sino de un balcón. Tu balcón pues no tiene nada de "comunitario".

2) No sé porque se han roto estas baldosas, pero le quedaria a tu arrendador el probar que las habéis roto vosotros.

Insisto pues en lo que ya te dije: no es vuestro problema.

Hola Muchas gracias. Para poder defender mi versión necesito saber donde pone eso de que no es responsabilidad mía. En la Ley de Propiedad Horizontal no he encontrado nada y el articulo que me ha comentado Lorenzo del Código Civil no es claro. ¿en qué me apoyo? Muchas gracias Francisco.

Tendría que leer tu contrato de alquiler. Si te parece bien, escanéalo tapando todos los datos personales (nombres, dirección, etc), y mándamelo.

Mi duda concreta es ¿Comunidad o propiedad?.

Si es de la propiedad me puedo "apañar" con mi casero. El tema es saber si podemos pasarlo a la comunidad.

Muchas gracias por responder

La cosa es quitármelo yo y pasarlo a la comunidad si puede ser. Si me tocara pagarlo a mí, pues lo pago yo, tampoco creo que sea mucha cantidad. Es simplemente saber si me toca pagar por ley a mí(o propiedad) o a la comunidad.

El reparar unas baldosas en un balcón no es gasto comunitario. Simple y llanamente, es un gasto de mantenimiento para el propieterio del piso. Y aun si lo fuese, bajo ninguna circunstancia podrías tu reclamarlo a la comunidad; ello es potestativo solo para el propietario. Sinceramente me parece ridículo que tu arrendador te reclame que hagas tu la reparación, salvo que se mencione específicamente en el contrato de alquiler. Por esto te dije de enviarme copia del mismo.

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