Me han dado de baja por tener las paperas y no tengo los 180 días cotizados el convenio de mi empresa es contact center
Me han dado de baja por tener las paperas y no tengo los 180 días cotizados el convenio de mi empresa dice exactamente eso:
Articulo 63
Complementos en los supuestos de incapacidad temporal:
1. Se respetaran en todo caso las mejoras pactadas en las empresas o las que se apliquen habitualmente en las mismas.
2. Incapacidad temporal en caso de accidente de trabajo u hospitalización. Las empresas complementaran hasta el 100% del salario convenio desde el primer día y con baja medica.
3. Incapacidad temporal en caso de enfermedad.
A) Del día 1 al 3, el 70% del salario convenio con el tope de 9 días al año y con baja medica.
B) Del día 4 al 20, el 75% del salario convenio y con baja médica.
C) Del día 21 en adelante: 100% del salario convenio hasta un año y con baja médica.
Mi pregunta es si esos porcentajes los paga la empresa aunque no tenga los 180 días corizados