Excedencia y poder cobrar el paro
Mi situación es la siguiente. Solicite excedencia voluntaria por un año el 22 de marzo del 2017, comencé un contrato laboral en otra empresa el 28 abril de 2017. La excedenvia finalizaría el 21 de abril del 2018. Si presentó en octubre la renuncia a la excedencia voluntaria a la empresa, el 31 de marzo del 3018 que se me vence el contrato temporal actual en la segunda empresa, ¿podría cobrar el paro? Pasarian más de 3 meses (octubre a 31 marzo) entre la baja de la empresa de la excedencia y la finalización del contrato, ¿o podría tener problemas porque la baja se solicitó después de firmar el contrato temporal?
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Respuesta de mario rodriguez AED