Que se hace cuando la fallecida era autorizada en una cuenta bancaria en cuanto al ISD?

Mi madre ha fallecido y de las tres cuentas bancarias que hay dos en las cuales el titular es mi padre y mi madre solo estaba de autorizada. Mis padres estaban casados cuando falleció mi madre, lo que necesito saber es si estas cuentas se tienen que declarar para el ISD o no.

Respuesta
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Debe ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto, pero como norma general, el banco solo le emitirá certificado de las cuentas de las que se es titular, y por lo tanto, legalmente estas son las que deben incluirse en la herencia.

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