Herencia de mi padre fallecido

Mi padre ha fallecido y no tenía testamento.

Mis padres estaban casados y compraron una casa en bienes gananciales que ya está pagada, los hijos somos los herederos del 50 % de la casa por parte de mi padre.

Además existe una cuenta bancaria cuyo titular era mi padre y mi madre solo está autorizada, no consta como titular.

Mi hermano falleció el año anterior y este a su vez tiene una hija menor de edad, por lo tanto entiendo que la herencia de la mitad de la casa es para mi sobrina y para mi (yo no tengo hijos), el dinero de la cuenta no sé si le correspondería algo a mi madre o solamente a mi sobrina y a mi.

He leído algunas de las contestaciones de los expertos e indican que renunciar a la herencia no es tan fácil y que supone que mi madre tuviera que pagar más por el impuesto de sucesiones y gestionar las escrituras.

El caso es que por mucho que yo renuncie estaría mi sobrina que al ser menor de edad tendríamos que ir al juzgado de menores y tampoco creo que dejaran que renuncie a esta herencia.

Yo tengo un piso de protección oficial (VPPB) que adquirí en 2011 y hasta que no pasen 10 años, no puedo vender mi vivienda ni adquirir otra..., en el caso de una herencia de este tipo no sé como me afectaría, si podría suponer una incompatibilidad.

Además mis padres me avalaron en la compra de mi piso, con sus bienes (es decir, la casa)

Por otro lado, mi madre querría vender esta casa porque es muy grande para ella sola y no la puede mantener económicamente, si no renunciamos a la herencia, al ser mi sobrina menor de edad ¿podemos venderla?, ¿Habría algún inconveniente al haberme avalado con ella?

En cuanto a la cuenta bancaria, ¿mi madre no heredaría nada?.

1 Respuesta

Respuesta

Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado que les estudie y ayude con su caso concreto. Las herencias son complejas. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Efectivamente los herederos son usted y su sobrina, aunque a su madre le corresponderá el denominado "usufructo de viuda" que hay que calcular.

En cuanto a la cuenta, en principio, al se solo titularidad de su padre, forma parte de la masa hereditaria y el certificado del banco indicara un solo titular (su padre).

En su caso, puede ser interesante heredar solo la nuda propiedad de la vivienda, siendo su madre usufructuaria... pero siempre que no vendan la vivienda, pues entonces habría que consolidar el dominio (y esto se puede complicar al haber una menor).

gracias por la contestación, pero no entiendo bien este párrafo: puede ser interesante heredar solo la nuda propiedad de la vivienda, siendo su madre usufructuaria... pero siempre que no vendan la vivienda, pues entonces habría que consolidar el dominio (y esto se puede complicar al haber una menor).

¿cual serían las complicaciones si decidiéramos vender la vivienda?.

Como ya le hemos recomendado, debe ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Si ustedes tienen pensado vender, es mas sencillo que no haya usufructo, para evitar tener que consolidar y pagar impuestos por ello. Normalmente se deja la plena propiedad en la aceptación de la herencia y a un importe que luego no suponga mucho aumento patrimonial al vender.

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