Impuesto de sucesiones dos veces

Mi madre ha fallecido, deja testamento y adjudica a mi padre el usufructo y a los hijos como herederos, ahora hay que pagar el impuesto de sucesiones por un dinero en cuenta bancaria, cuando fallezca mi padre ¿hay qué pagar otra vez el impuesto por el mismo dinero de la cuenta? .

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Vamos a considerar que tus padres estaban casados en gananciales, por lo tanto en la disolución de gananciales a tu padre le corresponde la mitad, por lo que solo habrá tribulación por el 50% que se hereda. Cuando fallezca tu padre que espero sea dentro de muchísimos años tendréis que tributar por el dinero que haya, si es el caso. Otra cosa distinta sería sobre la consolidación del pleno dominio resultante de la extinción del usufructo para bienes inmuebles. El impuesto de Sucesiones estå cedido a las comunidades y hay límites que están exentos, pero en la legislación estatal hay 40000 Euros y ese límite suele ser mayor en las comunidades autónomas. También hay bonificaciones en vivienda habitual. Los límites son por heredero. Para retirar el dinero del banco le solicitaran el documento de pago o liquidación del IS aunque sea cero. Pueden realizar liquidaciones a cuenta de la definitiva posterior. El plazo es de 6 meses desde el falle cimiento, con posibilidad de solicitar prórroga por 6 meses más. También puede solicitar pagos aplazado y fraccionado.

Salgo mejor opinión. Le rogamos valore la contestación.

La disolución de gananciales,.    ¿ hay que tramitarla o es automática al fallecer uno de los dos.?

La disolución de gananciales se produce de forma automática con el fallecimiento. Se suele indicar en el cuaderno particional para saber cual es el caudal relicto que está sujeto a sucesiones y realizar las correspondientes hijuelas para cada uno de los herederos y lo que le corresponde al cónyuge supérstite por lo generado en vida con la fallecida. Si acude a un notario se lo explicará y le preparará el cuaderno conforme a las ultimas voluntades del causante.
Le rogamos valore la contestación.

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