Vamos a considerar que tus padres estaban casados en gananciales, por lo tanto en la disolución de gananciales a tu padre le corresponde la mitad, por lo que solo habrá tribulación por el 50% que se hereda. Cuando fallezca tu padre que espero sea dentro de muchísimos años tendréis que tributar por el dinero que haya, si es el caso. Otra cosa distinta sería sobre la consolidación del pleno dominio resultante de la extinción del usufructo para bienes inmuebles. El impuesto de Sucesiones estå cedido a las comunidades y hay límites que están exentos, pero en la legislación estatal hay 40000 Euros y ese límite suele ser mayor en las comunidades autónomas. También hay bonificaciones en vivienda habitual. Los límites son por heredero. Para retirar el dinero del banco le solicitaran el documento de pago o liquidación del IS aunque sea cero. Pueden realizar liquidaciones a cuenta de la definitiva posterior. El plazo es de 6 meses desde el falle cimiento, con posibilidad de solicitar prórroga por 6 meses más. También puede solicitar pagos aplazado y fraccionado.
Salgo mejor opinión. Le rogamos valore la contestación.