¿Mi madre que parte tiene si vendemos la casa?

Hemos hecho la declaración de herederos donde dice que a mi madre le corresponde la cuota legal usufructuaria, consistente en el usufructo de una cuarta parte de la herencia. Pero a nosotros (los hijos de mi padre) nos declaran únicos y universales herederos, por partes iguales de la herencia de mi padre.

1 respuesta

Respuesta

Su madre no es propietaria de la parte que dejó su padre tras su muerte (y en su caso tras la liquidación de gananciales) sino que tiene derecho a disfrutar de la vivienda tres meses al año o a percibir la renta correspondiente al 25%. Este usufructo lo pueden redimir si le abonan 89-su edad, que les dará un tanto por ciento el cual, aplicado sobre el valor de la propiedad, les arrojará un precio exacto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas