Como se pagan los gastos de una servidumbre de alcantarillado por finca afectada o por cada vivienda
Tenemos un piso en un bloque de viviendas construido en una parcela que tiene como carga una servidumbre reciproca de alcantarillado de nuestra finca matriz, con otras 2 fincas. Esas dos parcelas una de ellas ha sido segregada en otras 2 con lo que arrastra la servidumbre por las 3 fincas matrices originales.
Es decir origen: la finca 1 la finca 2 y la finca 3 tienen una servidumbre inscrita reciproca para alcantarillado entre las 3.
En la finca 1 se divide y hay 2 casas, en la finca 2 hay una casa, en la finca 3 hay 4 casas. Pero la servidumbre se crea con el objetivo de dar alcantarillado a las 3 fincas originales.
La pregunta es si me podéis ayudar: los Gastos de conservación y reparación del alcantarillado, debe distribuirse por partes iguales entre las 3 fincas matrices iniciales gravadas con la servidumbre reciproca.?
O bien hay que distribuir esos gastos por cada uno de los inmuebles construidos en cada finca.