Se puede constituir una servidumbre de paso, sobre un predio que tiene gravamen hipotecario?

Duda legal, ya que mi profesor de Bienes y Sucesiones no en supo responder.

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Claro, para pasar de una finca a otra es necesario establecer una servidumbre de paso; si no, nadie podría acceder a una finca rodeada por otras. Da igual que esté hipotecada o no.

En este tema se encuentra el "sirviente" o "predio sirviente" que es el dueño de la finca. Está el "dominante" o "predio dominante" que es el que necesita usar la finca para pasar. La "servidumbre" es el camino de acceso. El "gravamen" es la obligación que tienes el sirviente de que pase el dominante.

Ejemplo, Pedro tiene una finca y Antonio tiene que pasar por la finca de Pedro con su camión para ir a la suya. Se hace un camino, que es la servidumbre. Pedro está obligado a ello que es el gravamen de la finca. Pedro es el sirviente y y Antonio el dominante. Da igual que Pedro tenga su finca en propiedad o hipotecada, Antonio tiene que usar el camino gratis.

En resumen, servidumbre es el la obligación que tiene un propietario de dar servicio gratuito a otro propietario por necesidad.

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