Para el cálculo de la indemnización de 20 días por año trabajado, al no querer un traslado y estando de baja, qué nóminas seusan

Estoy en una empresa desde el 8-03-2011 . En febrero de 2017 inicio una incapacidad temporal por enfermedad común. En Agosto de 2017 se me notifica un traslado de ciudad dándome la opción de coger 20 días por año trabajado, pero pongo una demanda y estoy a la espera de fecha de juicio A fecha de hoy 01/12/2017 estoy pensando coger la indemnización. Mi salario antes de la baja era variable ya que dependía de las ventas, pero desde la baja siempre he tenido la misma nómina. ¿Mi pregunta es qué nominas se usan para el cálculo de la indemnización? ¿Las anteriores a la baja? ¿Las 12 últimas independientemente de si son las de IT o no lo son?

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Cuando estamos antes salarios variables, en función de comisiones o incentivos, se deben computar las 12 mensualidades inmediatamente anteriores a la actividad laboral.

Lo que usted viene percibiendo por su I.T. no es salario sino una prestación de la seguridad social, quizás mejorada por la empresa en un pequeño porcentaje, pero no es salario.

De todas formas realice sus cálculos con sus 12 ultimas nominas en activo y solicite de la empresa un calculo de los 20 días, para comprobar que coinciden con los suyos.

En caso de discrepancia intente mediar con la empresa. Si el caso se lo tramita un graduado social o abogado, informele de sus pretensiones. En ocasiones la empresa puede reconocer una indemnización superior a 20 días si no van a juicio.

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