Hasta que punto en herencia yacente los que van a ser herederos son titulares ?
Desde que fallece la persona hasta que se acepta la herencia, ¿se denomina ese periodo herencia yacente? ¿Hay qué nombrar a alguien como administrador? Resumo, una finca indivisible, en herencia para 4 herederos, al fallecer el padre ( que estaba en usufructo de dicha finca, en la cual habia y hay por el fallecido y por uno de dichos herederos un negocio ), se inicia negociación para comprar la finca, ya que estaba en proindiviso, el hermano del negocio, compra al resto, sus partes ( 12 meses más menos desde La muerte hasta la firma ). Se firma la aceptación y la compra pasando a ser titular de toda la finca dicho hermano . Ese tiempo, desde la muerte hasta la aceptación y compra, no se hizo nada, pero el negocio seguía ... Todo igual ... ¿es reclamable una indemnización de 1/4 parte en dicho periodo?