¿Tengo derecho a antigüedad por acuerdo de prácticas no laborales?

Estuve 9 meses con un acuerdo de prácticas no laborales. A la finalización del mismo, me contrataron con contrato indefinido. ¿Tengo derecho a que el tiempo de las prácticas no laborales cuenten como antigüedad? ¿O debería ser desde el contrato indefinido?

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Respuesta

Como bien indica el nombre de estas practicas, NO es una relación laboral, por lo que durante la realización de estas no se es considerado como un trabajador de la empresa, ya que constituyen una actividad de naturaleza formativa. Por lo tanto el tiempo empleado en estas no computa antigüedad, esto se regula en el RD 592/2014 en el Art. 2.4.

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