Un asesor laboral que al menos sea graduado social le puede ayudar en este caso. En principio, sino firma la baja voluntaria, no puede considerarse despedido. Un día de absentismo, en la nomina, es un día no trabajado que se descuenta, si no trabaja desde el 22 de Diciembre, puede alegar que tenía días de vacaciones que se los coge. Tenga en cuenta que las bajas se deben de presentar en los tres días siguientes, por lo que lo mejor es que lo llame para que le firme el finiquito, sino está de acuerdo, se puede hacer en presencia de dos testigos que firmarán por él. La firma no quiere decir que no pueda recurrir al SMAC, por lo que en principio si está de acuerdo, podría hacerlo, otra cuestión es que como no tiene derecho a desempleo no quiera que sea baja voluntaria, pero eso es otra historia, y actualmente no es conveniente hacer ningún despido simulado. Ignoro la antigüedad que tiene, pero lo mejor sería que con su asesor laboral vea si hay motivos suficientes para despido procedente y en cualquier caso, si el importe de indemnización es pequeño, lo mejor es liquidar, porque sino siempre estará con problemas.
Salvo mejor opinión.