Se puede despedir a una empleada de Hogar estando de baja
Mi tía de 93 años tiene a una señora como empleada de hogar desde hace 25 años, durante 3 horas 1 día a la semana. Hace poco menos de 4 años, antes de publicarse la nueva ley para asegurar a las empleadas de hogar discontinuas, esta señora le dio a firmar a mi tía el alta en la seguridad social, por muchas mas horas de las que realmente trabaja en su casa, para así asegurarse una mejor pensión De tal manera que todos los meses le pasan el cargo a mi tía y después ella le devolvía la totalidad del dinero. Mi tía no estuvo de acuerdo, pero por pena, "apuros"... Lo firmó sin pensar que estaba cometiendo fraude.
La empleada pide bajas y altas cuando le va bien, sin avisar a mi tía y sin darle nada.
Al día de hoy, nos encontramos con que tenemos la necesidad de buscar otra empleada esta vez interna y al decírselo nos dice que le quedan 2 años para jubilarse y que mi tía le siga pagando la seguridad social como si tuviera 2 empleadas, yo le he dicho que mi tía cometió un fraude sin saberlo y que queremos solventar esto de la mejor manera posible, y no la empleada dice que no podemos darla de baja porque tiene una baja por incapacidad temporal y que hasta que no le den el alta no podemos despedirla.
¿Se puede despedir estando de baja? ¿Se pueden devolver los recibos del banco?