Me parece que tienes mucho trabajo. Las adquisiciones intracomunitarias con IVA, será con el porcentaje de IVA extranjero, por ejemplo en Alemania tienen el 19%.
Si uno esta en el ROI, es para decirlo a sus proveedores, estos comprobarán en el VIES, que es cierto y te facturarán sin IVA. Podrían hacerte una rectificativa y hacerlo bien, pero si la operación es de hace muco tiempo te dirán que no.
Tienes que utilizar una cuenta 4729, que llamamos Iva extranjero, por ejemplo. Ese iva se puede solicitar la devolución mediante modelo 360' a la Aeat española que reclama a las agencias de Hacienda extranjeras. A partir de cierto importe piden tambièn copia de la factura. El importe a reclamar minimo es de 50 Euros. El plazo máximo es de 9 meses contados desde la finalización del ejercicio, es decir todo lo soportado del 2017, lo puedes presentar hasta 30 Setiembre 2018. El saldo de la cuenta 4729. Será cancelado cuando recibas la devolución.
Si el importe es muy pequeño lo puedes llevar a gasto, pero esto no es correcto, en inspecciones tributarias, un inspector te va a decir que si no has pedido la devolución del Iva es porque no has querido y eso es una liberalidad no deducible del art. 19 de la ley 27/2014 reguladora del nuevo impuesto de sociedades.
En resumen, hazlo bien, trastea un poco en la Aeat sobre modelos 360 y 365' mira las instrucciones de cumplimentación y buena suerte.
En nuestro despacho podemos ayudarte sin compromiso, si precisas un asesoramiento más completo.
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