En el plazo de treinta días desde el ingreso en cuenta bancaria, debe de ir con el justificante del mismo a una notaría para que protocolice la donación, y con la escritura deberá de cumplimentar el modelo 651 de Sucesiones y Donaciones. Disposiciones "inter-vivos", en la oficina liquidadora correspondiente (normalmente suele coincidir con la oficina de registro de propiedad y está emplazada en el mismo lugar, en las pequeñas poblaciones, es posible que sea en el llamado pueblo de "cabecera"), en dicho plazo. Es importante indicar el motivo de la donación, porque en algunas comunidades hay ciertas bonificaciones, aunque Andalucía no es de las más económicas.
Es recomendable que le consulte al notario antes de realizar la donación, cual es el importe de impuestos del modelo 651 por esta operación, al margen de los honorarios de la escritura, claro está.
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