Tiempo máximo de contrato por circunstancias de la producción

Acabo de firmar un contrato temporal por circunstancias de la producción de una duración de 6 meses y medio. Mi pregunta es que llegado la fecha fin, tengo entendido que solo de podría renovar por una sola vez y con un máximo de 12 meses. ¿Me gustaría que me lo confirmasen y también que si se renueva y termina ese plazo el tercer contrato tendrá que ser indefinido? O puede hacer otro tipo de contrato temporal, ¿por ejemplo de obra y servicio?. Imagino que habrá límites, si no, no sé cuándo podría pasar a tener un contrato indefinido.

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Efectivamente el contrato se podría prorrogar una sola vez más y hasta el máximo legal establecido de 12 meses, una vez finalizada esta prórroga la empresa o bien debe transformarlo en indefinido o finalizar el contrato

Si tras este le hacen otro contrato temporal este no sería correcto y a todos los efecto, usted estaría considerado como un trabajador indefinido.

Gracias por su respuesta. Entonces si al finalizar el wie tengo me hace uno de un año, también de "por circunstancias de la producción" no me puede hacer otro temporal de "obra y servicio"?. Y de esta manera concatenar varios contratos distintos temporales para alargar tener que transfornar en indefinido?. Es que no lo tengo claro. Me surge esa duda.

Debe revisar su convenio, pero según el Estatuto de los Trabajadores adquirirán la condición de trabajadores indefinidos aquellos trabajadores que presten sus servicios en la empresa durante 12 meses en un periodo de 18. Por lo que un contrato temporal no podrá durar más de 12 meses.

Si su empresa tras finalizar esos 12 meses le hace otro contrato temporal, este no será válido y a todos los efectos se consideraría indefinido.

¡Gracias! . Es es que había escuchado por ahí que los contratos temporales podrian llegar a enlazarse hasta un total de 30 meses. Otra cuestión es que si se cuenta para el cómputo de ese máximo total de contrato temporal el de sustitución por maternidad. Es que el que me han hecho ahors es a partir del dia siguiente al del termino de la sustitución por maternidad de una compañera. Es decir, el que me hagan cuando finalice el actual podrá ser como máximo de 12 meses o menos?. El convenio tiene que ser uno de centros de formación no reglada o complementaria (es una academia)

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