A)Horario del portero. B)Actuaciones de la presidenta de la comunidad.

a) El portero de mi edificio tiene un horario semanal de 40 horas, de 8 de la mañana a 5 de la tarde de Lunes a Viernes. Quería proponerle a la comunidad de propietarios que el horario se cambie de 9 a 5 de la tarde de Lunes a Viernes y los Sábados de 9 a 14 horas. El cambio lo puede realizar el presidente o es necesario realizarlo en una Junta. Es un edificio de costa donde residen habitualmente pocos vecinos.

b) La nueva presidenta ha pintado de blanco los buzones de correos de la comunidad sin permiso (antes estaban barnizados color madera), sólo protesté yo por el hecho de que es un bien de todos los vecinos, hecho que puse en conocimiento de la administradora, a la semana siguiente ha mandado destruir/modificar la escalera por la que accede del parking, este acto lo realizó el portero por orden de la presidenta y sin realizar junta alguna. Quiero saber que tengo que hacer ya que la administradora siempre da la razón al presidente/a y los vecinos habituales. Supongo que para seguir manteniendo su trabajo.

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La decisiones de la Comunidad deben ser tomadas por la Junta de Propietarios. Ni el Presidente, ni el Administrador pueden tomar decisiones al margen de la Junta de Propietarios, salvo que hayan sido autorizados.

Por tanto:

a) No se puede cambiar el horario del portero sin consultarlo con los vecinos (por cierto, ¿qué opina el portero?)

b) La Presidenta no puede cambiar el color de los buzones, ni, desde luego, "destruir/modificar" la escalera de acceso al parking. Si los vecinos no están conformes con estas actuaciones, pidan explicaciones a la Presidenta. Y, por supuesto, pueden ustedes relevarla de su cargo, si lo consideran oportuno.

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