Casada en bienes con hipotecas ambos, fallecimiento cónyuge y con un hijo

De soltera me compré un piso del que tengo hipoteca y mi pareja se compro otro piso también con hipoteca. Unos años después nos casamos en bienes gananciales y tuvimos un hijo. Las cuentas corrientes las tenemos por separado, el tiene en sus cuentas a sus padres de autorizados y yo a los míos. El tiene un seguro de vida en caso de fallecimiento que paga la mitad de la hipoteca aunque creo que tiene a sus padres de beneficiarios. Mi pregunta es, si falleciese, ¿tendría qué seguir yo pagando su hipoteca? ¿El dinero que tiene en las cuentas donde está autorizados sus padres no debería de pasar a mi por estar en gananciales o tendrían derecho ellos a coger dinero de sus cuentas? Aún estando casados en bienes gananciales... ¿sería mejor hacer separación de bienes? ¿Si hago separación de bienes ya no tendría que pagar su hipoteca en caso de fallecimiento? ¿Tampoco tendría derecho al dinero de sus cuentas entiendo... En que afecta en todo esto a mi hijo? ¿Le podría quedar alguna deuda a él?

3 Respuestas

Respuesta

Hago la preguntas una a una mejor

1-Si mi marido fallece, ¿estoy obligada a pagar las letras de la hipoteca de la casa que él se compro antes de que nos casáramos en régimen de bienes gananciales?

2-Si cambio de bienes gananciales a separación de bienes, ¿estaré obligada a pagar ls letras en caso de que él falleciese?

3-Si cambio de bienes gananciales a separación de bienes, ¿tendría derecho a percibir pensión por viudedad? Tengo entendido que en bienes gananciales si...

3-Creo que hace rato el cambio de un régimen a otro es bastante costoso, ¿se podría hacer un testamento en el que se diga que si fallece él yo pudiese renunciar a su herencia tanto de deudas como de beneficios?

Mi miedo es si pasa eso el tener que pagar yo dos hipotecas, porque no se si la solución sería cambiar a separación de bienes o hacer un testamento... ¿qué me aconsejáis? Tampoco quiero que nuestro hijo se quede con deudas de ningún tipo...

Espero una respuesta de un profesional porque ando bastante perdida con esto...

Respuesta
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Se me ha olvidado preguntar si hago separación de bienes, ¿tendría derecho si me divorcio a que me pasase manutención por el hijo que tenemos? Y en caso de la pensión por viudedad, ¿si estoy casada en separación tendría derecho a ella? No sé muy bien que es mejor en mi caso si hacer separación o bienes gananciales o hacer un testamento que sería más barato... ¿el testamento iría por encima de todo verdad?

Respuesta

¡Cuantas preguntas juntas! Deberías concretar más. Pero te voy a contestar a lo que me parece más obvio.

1) Los pisos que comprásteis antes de casaros son de cada uno de vosotros, pero no en su totalidad, pues lo pagado de capital posteriormente por cada una de las hipotecas es un bien de la sociedad conyugal. Sería bueno que fueseis ya al notario para que arregle el embrollo y quede claro este punto, si es que no lo hicisteis en las "capitulaciones" en el momento de casaros, y me temo que no hicisteis nada. Ahora bien, de cara al banco, cada uno de vosotros tiene la obligación de pagar las cuotas de "su" hipoteca. Que salga o no de los bienes comunes, al banco no le importa lo más mínimo. La verdad es que no podías haberlo hecho peor.

2) Sobre las cuentas bancarias. De nada sirve que tengáis cuentas separadas. Lo que haya en cualquiera de ellas es de los dos. Si tu marido muriese, tus suegros no pueden sacar dinero de la cuenta en la que tienen firma. El dinero que haya ahí es un bien común (50% tuyo y 50% de tu marido), y parte de la base hereditaria que se repartirá según hayáis decidido en testamento, y si no lo hubieseis hecho, según dicte la ley en la comunidad autónoma en donde vivís.

La verdad es que todo lo que planteas es sumamente embrollado. Si te defines un poco más, y haces las preguntas más claras y una por una, es posible que yo, o alguien más, te ayude.

¿Ahora te llamas Lucia Garcia? En vez de "responder", has hecho un "comentario".

Pero vamos a lo que preguntas:

1) No estás obligada pero, si alguien no sigue pagando las cuotas, el banco embargará el piso; piso que, por cierto, es parcialmente tuyo ya sea porque la mitad de las cuotas de capital pagadas te dan este derecho, sino porque (esto depende la comunidad autónoma donde viváis) en el testamento tu marido te puede dejar su parte como legítima.

2) La respuesta está en la misma linea que la del párrafo anterior.

3) La pensión de viudedad no tiene nada que ver con que estéis casados en separación de bienes o en gananciales. Estáis casados. Con esto basta.

4) Con testamento o sin él, siempre te cabe renunciar a la herencia si ves que las deudas son superiores a los activos. Pero recuerda que siempre es bueno que ambos hagáis testamento recíproco, dentro de las condicionales de la comunidad autónoma donde viváis. Es muy conveniente.

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