Prescripcion por falta de hurto

En noviembre de 2015 a mi mujer una señora la denunció por robarse un anillo de su casa, la policía fue a casa y la detuvo, ese anillo yo lo vendí en una compra y venta, en enero de 2016 la policía me llamó a declarar a mi, fui a la comisaría e hice el trámite. Hasta la fecha nunca nos ha llegado un citatorio ni nada por especial, yo salí de España y no tuve problemas, ahora si nunca nos llamaron, ¿eso ya está archivado?, mi mujer piensa en reagruparme, ¿tendré problemas con eso?, porque en ese momento estaba ilegal, me hicieron un expediente y también caduco.

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Respuesta

Que no le hayan notificado a usted directamente no quiere decir que no se haya celebrado el juicio, me explico.

Primera posibilidad, sabe bien que las cosas de palacio van despacio en España, y la justicia es una de esas cosas, puede ser que ni se haya dado lugar a la citación y que por tanto, no haya ni tenido posibilidad de recibirla.

Segunda posibilidad, que a la hora de declarar ante la policía le entregaran en ese momento la citación para el juicio, cosa posible pero poco probable.

Tercera posibilidad, sabe bien usted, y así se lo debió comunicar la Policia, que en caso de modificar la residencia que usted dejara constatada en su declaración policial, usted tenía la obligación de contactar bien con la Policia o el Juzgado para informar de dicho cambio, el hecho de que usted se haya ido de España no ha paralizado nada, es más le ha perjudicado un poco porque puede ser que incluso se haya celebrado el juicio en su ausencia y tenga una condena pendiente a su regreso a España.

En los Juicios por delitos leves, como en cualesquiera juicio, es necesario y obligatorio practicar las notificaciones y citaciones a juicios. Estas pueden ser bien via tlf o por correo electrónico, que haya facilitado usted, bien via su procurador, si solicitó usted asistencia letrada de oficio y cabía dicha posibilidad, o bien por escrito al domicilio que dejara indicado, o, en ausencia de todo lo anterior, el letrado de la administración de justicia podrá realizar averiguaciones sobre su domicilio y, en caso de tener éxito, remitir notificación por escrito a esa dirección. Y POR ÚLTIMO, si nada de lo anterior fuera posible o no tuviera los efectos buscados, puede ser citado usted mediante edictos (en los tablones de edictos del juzgado), es decir, con que pongan en ese papel la citación, usted se considera citado.

Entendiendo lo más posible esta forma de citación, lamento comunicarle que el estar usted fuera de España no le ha reportado tiempo extra ni prescripción del delito, pues el juicio se habría celebrado en su ausencia, pues la legislación así lo permite, y lo más probable que usted tenga a su vuelta una condena, leve, pero condena que usted podría haber visto bastante reducida en el caso de haberse personado en todas las fases del procedimiento penal que se llevó contra usted. Eso si, como decía antes, como las cosas de palacio van despacio, quizá llegue usted a tiempo de poder recurrir la sentencia, aunque le advierto que el plazo para recurrir, en caso de que pueda hacerlo aún, es bastante apremiante.

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