Desgravar factura Abogado impagos Renta

Soy nuevo en esto y normalmente solo confirmo borrador. He preguntado pero nadie me ha dado una respuesta clara.

Verán. El año pasado tengo un pago con factura a mi abogado, por valor de 2000 euros + IVA por un pleito contra mi empresa por impago de nóminas.

He leído que puedo desgravar por ello. A lo que añado que resido en Andalucia. He leído que puedo desgravar 300 en la parte nacional y 200 en la autonómica. Pero, ¿Cómo lo haría? ¿En qué casilla y que debo poner?. Pongo como gastos los 2000 + IVA aunque solo se desgrave esos 300 y 200. ¿O solo pongo 300 y 200?

A ver si alguien me puede explicar clara la cosa, porque ni los propios gestores se ponen de acuerdo.

Aclarar, el pago se hizo en febrero de 2017, pues es cuando cobre lo adeudado que era de 2014 a 2016. Ya hice complementaria por dicho cobro.

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Los gastos jurídicos son deducibles dentro del apartado de rendimientos del trabajo con un limite de 300 euros, esta deducción debe reflejarse en la casilla correspondiente dentro del apartado de "rendimientos del trabajo", aún poniendo más importe de ese limite, el programa siempre cogerá ese máximo de 300. Te pongo la relación de gastos deducibles:

Tendrán la consideración de gastos deducibles exclusivamente los siguientes:

a) Las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios.

b) Las detracciones por derechos pasivos.

c) Las cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares.

d) Las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y con el límite de 500 euros anuales.

e) Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.

Por otro lado, cierto que para la comunidad autonoma de Andalucía existe una deducción de otros 200 euros, para poder practicar esta deducción debes indicarlo dentro del apartado de deducciones autonómicas. Te paso la explicación de la AEAT al respecto:

Los contribuyentes que hayan satisfecho gastos de defensa jurídica en procedimeintos judiciales de despido, extinción de contrato o reclamación de cantidades podrán aplicar una deducción por el importe de dichos gastos, con el límite de 200 euros.

En caso de tributación conjunta, el límite de la deducción es también de 200 euros, con independencia del número de miembros de la unidad familiar que originen el derecho a ella.

Gracias. 

Pero la duda que tengo, es en las casillas nacional y autonómica,¿ debo poner la cantidad total que figura en la factura del abogado, es decir, adeudado + IVA o solo la parte correspondiente al IVA?

Poniendo los datos como indico, si es verdad que solo cuenta 300 en la nacional y 200 en la autonómica. ¿Lo estoy haciendo bien?

Gracias por su ayuda.

Puedes poner el importe total, 2000 más IVA, el programa automáticamente asignará el límite máximo, 300 euros como gasto deducible en rendimiento del trabajo y en la deducción autonómica 200.

Gracias. Mi duda era si contaba todo el pago o solo el IVA a efectos de deducción. Entienso que es todo lo que yo he pagado al abogado por en concepto de la reclamación de mis nominas.

Gracias

Exacto, es el total pagado, IVA incluido

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