Puedo denunciar a mí comunidad por no poner una rampa o algún medio para subir las escaleras ?

Pues mí comunidad ya llevan años dándole vueltas a cómo hacer para poder poner en las escaleras una rampa o un motor y todavía no se deciden y mientras tanto la gente se hace mayor o tiene algún impedimento de salud para subir las escaleras. ¿En vista de esta demora podría ponerles una denuncia? ¿Lo puede hacer cualquier persona que esté viviendo en esa comunidad aunque no sea el propietario?

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Respuesta

No se si conoce este art de la LPH

Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad

1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.

Lealo y pregunte las dudas

Quiere decir que no hace falta que la comunidad de propietarios den un aprobado para poner una rampa o mecánica, yo puedo ponerlo y por ley es obligatorio y puedo pedir ayuda económica a el ayuntamiento? Lo q no me ha quedado claro cuando se termine la subvención, no entiendo esa parte.

NO, usted por si mismo no puede hacer nada

¿Usted es mayor de 70 años o es minusválido?

Yo no, pero tengo mi padre que tiene 94 años

La instslacion es obligatoris SI, O SI, la comunidad no se puede negsr.

Usted mande una carta al predidente y lf indica que en la próxima jjnta avojiendose al srt 10.1.b. de la LPH, solicita que se trate el tema del salvaescaleras.

No hay que votar si se instala o no se instsla. Se instala por que si

Ahora bien como la instalación cueste más de 12 mensualidades, la comunidad solo esta obligada a contribuir con esa cantidad, el resto deberá ponerlo usted

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