Como gestionar la herencia de mi padre

Recientemente ha fallecido mi padre y no sabemos muy bien como gestionar la herencia que consta de 2 casas, una plaza de garaje y un dinero en cuentas corrientes y fondos. Aunque en principio todos queremos favorecer a mi madre, nos plantearon que si ahora heredábamos y pagábamos el impuesto de sucesiones del 50 % que nos corresponde, el día que falleciera mi madre ya solo pagaríamos el otro 50%.

Nos surgen dudas ya que una hermana nuestra tiene una hipoteca y tenemos miedo de que si tiene problemas, puedan embargarle la parte de las casas de mis padres.

¿Esto puede suceder?

¿Qué seria lo aconsejable entonces?

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En primer lugar lamento lo de tu padre. En el tema de la herencia lo primero que hay que hacer es ver si hay o no testamento. Habría que solicitar certificado de últimas voluntades y certificado de seguros. En el caso de que haya testamento, hay que regirse por lo que en él pone. Lo común es que en los testamentos se ceda el usufructo de todos o parte de los bienes al cónyuge y los hijos se quedan con la nuda propiedad. Si este fuese vuestro caso, coincide completamente con vuestra intención de beneficiar a vuestra madre y sería la fórmula más económica. Ante la ausencia de testamento, el código civil determina que los herederos seréis únicamente los hijos, por lo que las propiedades estarían repartidas un 50% pleno dominio de vuestra madre (partiendo del supuesto que todos lo bienes son gananciales) y el restante 50% del pleno dominio repartido entre los hijos.

Como ves todo depende de la existencia de testamento. Si lo hay y coincide con la intención que tenéis los herederos, los trámites se simplifican, incluso no haría falta ir a notaría, bastaría con un documento privado de aceptación de herencia y, una vez pagador el impuesto de sucesiones, proceder al registro de los documentos. Cualquier otro caso, supone ir a notaria y los trámites serían más farragosos y costosos.

En primer lugar, gracias por la respuesta. 

Al hilo de lo anterior, en efecto hay testamento y se cede el usufructo a mi madre y se nos cede a los hijos la parte de la nuda propiedad pero mi pregunta es si hacerlo así o renunciar por lo de la hipoteca de mi hermana.

En principio, en el caso de que tu hermana tuviese algún problema de deudas, serían embargables sus propiedades, incluyendo la nuda propiedad de los inmuebles. Esto no significa que os quiten los inmuebles, ya que vosotros mantendríais vuestra parte en propiedad, pero sí que os encontraríais con un copropietario no muy deseado. Si queréis curaros en salud se puede hacer la donación del 16,66 % en nuda propiedad de tu hermana a favor tuyo y de tu hermano. Esto ya sí que habría que hacerlo ante notario.

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