Lo primero es tener en cuenta que los gastos relacionados tanto con la adquisición como con la transmisión, hacen variar los respectivos valores. Así el valor de adquisición sería el valor del inmueble dado en escritura de herencia más los gastos directamente relacionados (impuesto sucesiones, registro, notaria, gestoria...) y el valor de transmisión sería el precio de venta menos los gastos directamente relacionados (plusvalia, notaria, gestoria, ...).
Una vez hecho lo anterior la mayor dificultad está en el cálculo del valor correspondiente al usufructo y a la nuda propiedad.
En el valor de adquisición sería: valor x 16,66 %. Del cual el valor del usufructo se calcula el siguiente porcentaje: ( 89 - edad de tu madre en la fecha del fallecimiento de tu padre ) con un maximo del 70% y un minimo del 10%. El resto pertenece a la nuda propiedad.
En el valor de transmisión sería: valor x16, 66 %. Del cual el valor del usufructo se calcula el siguiente porcentaje: ( 89 - edad de tu madre en la fecha de la venta ) con un maximo del 70% y un minimo del 10%. El resto pertenece a la nuda propiedad.
Te paso un enlace relacionado con el cálculo de valor de usufructo http://www.oficinanotarial.com/2011/11/como-se-calcula-el-valor-del-usufructo.html
Si ves que te resulta muy complejo y necesitas que me encargue del tema, puedes contactar conmigo [email protected]