Estaba de alquiler y cuando dejo el piso lo dejo con otro colchón y el propietario me reclama el mismo.

Estaba de alquiler en un piso donde quite los muebles que tenían y puse los míos, los muebles incluyendo un colchón se guardaron en un almacén, ahora me fui del piso pero cuando fui a buscar al almacén los muebles que venían con el piso el colchón estaba en muy mal estado xq se estuvo mojando ( sin saberlo nosotros) al ver el colchón así compré uno nuevo de muelles para dejarlo en el piso, bien ahora el propietario me exige que le compre otro xq dice que el de él era biscoelastico y no quiere el de muelles. ¿Estoy obligada a comprarle uno biscoelastico?

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Usted no puede dejar un colchón de peor calidad que el que se encontró.

Tengo que añadir que se quedó con 500€ de fianza.

Fue por el colchón, ¿o algo más?

¿Y esos 500€ cubren la diferencia entre ambos colchones?

El dice que la fianza que se quedó no cuenta porque yo me fui antes de que acabara el contrato, yo le pague hasta el último día que estuve ahí y dice que los 500€ son por romper el contrato y que además tengo que comprarle un colchón viscolástico, el colchón que yo compré en ikea costó 120€ y el de él dice que cuesta en ikea 390€.

Revise su contrato de alquiler. La LAU establece que:

“Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización“.

Si en su contrato se pactó una indemnización para el arrendador en caso de desistimiento, si usted se va antes de la finalización del mismo debe abonar dicha indemnización. No basta con haber pagador hasta el último día de estancia.

Me vas a disculpar pero sigo con duda, la fianza que él se quedó no debería cubrir el tema del colchón????

No puedo saberlo. ¿Ha mirado si debe usted abonar una indemnización y, en ese caso, de cuánto es?

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¿En el inventario figura especificada la naturaleza de ese colchon?

Por otra parte al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, que servirán de base para su descuento de la fianza. Ignoro si es su caso, pero de ese dato se extraerá la posibilidad o no de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.

Hola Pedro muchas gracias por tu respuesta, nunca hubo inventario y tampoco se ha firmado ningún finiquito de contrato y de entrega de llaves, no hay ningún documento de las características del colchón, y yo no quiero la reserva, lo que no quiero es comprar otro colchón porque el que deje no le gusta.

Pues el documento de finiquito es de vital importancia lea esto : http://pedrohernandezabogado. com/2011/01/el-finiquito-del-alquiler.html

Si no hay inventario mal tiene el casero la reclamación de un colchón viscolástico

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Hay alguna mención, ¿por escrito o por documento gráfico de la naturaleza de ese colchón?

Si no la hay, el arrendador no podrá demostrar qué tipo de colchón había al inicio del contrato, por lo tanto habrá de aceptar el que usted deja si se ajusta a la la descripción que de él figure en el contrato.

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