¿Me pueden hacer reponer dinero faltante en el trabajo?

El otro dia me timaron, trabajo de cara al publico en la recepción de un polideportivo, un viernes por la tarde un dia de mucho trabajo y muchas personas un hombre diciendo ser de un comercio de al lado me pidió que le diese cambio, yo amablemente me ofrecí y en uno de los descuidos el hombre me timo y se llevo 300 euros, la empresa dice que yo tengo que hacer la devolución del mismo, llevo 3 años en el trabajo y jamas a faltado ni un solo céntimo en mis cajas y me parece rastrero y miserable que decidan que yo ponga el dinero, ¿estoy obligado a ponerlo?

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Deberá de acudir a su convenio, concretamente a la cláusula "quebranto de moneda", ahí se especifica el régimen del asunto que comenta. Es decir, esto viene a ser el siguiente concpeto, y es que si la empresa le paga un complemento por quebranto de moneda, le podrá detraer de dicho concepto los descuadres debido a un error achacable a su actuación, pero nunca en caso de robo o de accidente. Y en todo caso bajo una limitación (el propio complemento de quebranto).

Sin otro particular.

He estado revisando el convenio y no aparece ningún apartado de quebranto de moneda y en mi nomina tampoco lo refleja. Muchas gracias por tu contestación Carlos. Un saludo. 

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