El arrendamiento con opción de compra reviste la suficiente complejidad para desaconsejar el uso de un modelo de 'copia y pega' sacado de INTERNET, en realidad se trata de un contrato que integra dos subcontratos: El arrendamiento del inmueble y la opción de compra sobre el mismo.
En cuanto al arrendamiento no ofrece mayores dificultades puesto que contendrá las cláusulas habituales y aquellas otras que las partes acuerden entre sí, p. ej. La aplicación de las rentas pagadas en todo o en parte al precio de compra, en caso de ejercitarse la opción.
En cuanto a la opción de compra cabe destacar, que no existe regulación legal de la misma por lo que la Jurisprudencia ha determinado sus requisitos.
Para orientar sobre cómo declarar fiscalmente ese contrato habría que leerlo primero, no será lo mismo si existe prima o precio de la opción o si los alquileres se considerarán parte del precio si el inquilino ejerce la opción.
Por último la conveniencia o no de ese tipo de contrato dependerá del interés que tenga vd en vender ese inmueble.