Si en un expediente sancionador de la consejería de la vivienda se dicta resolución ejecutiva.
Pregunto: Si en un expediente administrativo de la consejería de la vivienda se sanciona a los principales que son dos empresas (promotora y gestora) y se dicta resolución ejecutiva sobre las mismas. Al no haber encontrado forma de cobrar o embargar derivan la responsabilidad a los subsidiarios (personas físicas) aplicandoles la resolución ejecutiva. Hasta aquí esta bien, pero los subsidiarios demuestran que no agotaron todas las formas de cobro a las empresas presentando escrituras de propiedad de unos terrenos que superan el valor de la sanción, en el recurso extraordinario de revisión se puede exigir la nulidad de las actuaciones y archivo del expediente por error administrativo al no agotar las vías de cobro sobre las principales (promotora y gestora). Cual seria el articulo en derecho administrativo para exigir la nulidad y archivo.