Lista de aspirantes de oposición presentada fuera de plazo, ¿Consecuencias?

En una oposición a auxiliar administrativo de carrera, el ayuntamiento convocante, en sus propias Bases, dispone: "Terminado el plazo de presentación de solicitudes el titular del órgano competente dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.".

La fecha de fin de presentación de candidaturas fue el 28 de enero del actual, ha fecha de hoy (22/08/2018) aún no han sacado el listado de aspirantes, ni motivado dicho retraso. ¿Puede presentarse algún recurso que provoque que se tenga que volver a abrir el plazo de presentación de candidaturas? ¿Se puede anular las Bases en sí para volver a iniciar la convocatoria?

Estoy interesado en que estas oposiciones tengan que reiniciarse y me gustaría saber si "atacando" la no presentación en plazo del listado de aspirantes sería posible.

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Respuesta

Usted puede recurrir las bases de una convocatoria si no se ajustan a la disposición en cuya virtud se publicaron. Es decir: que las propias bases (que son una ley entre la Administración convocante y el opositor concurrente) contravienen la ley general a la que se tiene que ajustar el Ayuntamiento para confeccionar las bases de la convocatoria. Este no es el caso, al menos en lo que usted menciona, pues la prórroga justificada de plazo es algo permitido por la ley. Lo que habría que determinar, por tanto, es el grado de cumplimiento de la Administración Local con respecto a esa convocatoria. Según su relato, el Ayuntamiento todavía no ha hecho uso del plazo de dilación a que tiene derecho según la propia base, por lo que todavía puede acordar una resolución en que explique el porqué de este retraso. Por lo tanto, lo que tiene que hacer es redactar un escrito muy claro solicitando la apertura del plazo o el inicio del periodo de impugnación, a presentar el día en que transcurran los seis meses, que será el 28 de Septiembre. No es un escrito cualquiera, porque la prestancia administrativa procede de la invocación de muchas referencias legales pertinentes, pero será un buen ejercicio para alguien que, como usted, aspira al puesto de auxiliar en la Administración.

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