El procedimiento se inicia con un escrito muy claro, sin juicios de valor ("nos parece injusto") con una exposición fluida y eficiente, y con una pretensión (la de anular la convocatoria) muy concreta, que aparece como consecuencia de lo que se ha expuesto.
Ese escrito lo presentan a Registro General o en el del departamento que haya convocado los exámenes. Tienen que adjudicarles un número de expediente y una entrada, con lo cual inician ustedes la carpeta. Les contestarán en el plazo máximo de noventa días, en el sentido que esa Administración considere oportuno para abrir un expediente informativo. Finalmente, habrá una resolución en que se admitirá o no su pretensión (la de ustedes). En esa resolución les indicarán cuál es el plazo para recurrir, órgano ante quien hacerlo y clase de recurso (reposición, alzada), o bien que la resolución es firme en vía administrativa y han de ir ustedes directamente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Lo que ustedes objetan es un fraude muy grave. Se les sugiere que les prepare el asunto un abogado.