Evidentemente salvo justificación el faltar al trabajo es motivo de que por lo menos no le paguen ese día.
Luego dependerá de cada empresa y el tipo de trabajo que desempeñe, no es lo mismo que falte una de las operarias en una cooperativa agrícola que el que falte quien tiene que dar de comer a los animales de una granja...
Y lo del preaviso, dependiendo del convenio de su ramo, si lo hay, podrá significar que le descuenten de su "finiquito" una cantidad hasta el máximo de dejarla a 0, no le pueden reclamar más (así como haría una empresa de telefonía).
El finiquito sería los dias de trabajo efectivo, la parte proporcional de vacaciones... Y se descontaría lo del IRPF, seguridad social, lo de siempre.
Si luego contaba con cobrar paro me temo que el abandonar el trabajo equivale a renunciar a un contrato y por ello se quedaría sin derecho a cobrarlo en esa ocasión.
Difícilmente una empresa llegará a un acuerdo para dejarle irse y que conste como despido o contrato cumplido, ya que eso la expondría a "despido improcedente" con posibilidad de reclamación.