Devolución subsidio y AEDE en venta VPO Castilla la Mancha

Explico el caso: En 2010 adquirí junto a mi mujer un duplex VPO en Castilla la Mancha. Esta sujeto al plan de vivienda y rehabilitación 2005-2008 (Decreto 38/2006 de 11/04/2006), asi consta en la escritura de la vivienda y en todos los documentos que firmé. En 2013, por una enfermedad degenerativa, me conceden el 33% de discapacidad, y en 2015 la incapacidad permanente total definitiva. Tras estos hechos decidimos vender la vivienda para irnos a otra cuyas características sean mas propicias.

Reviso el decreto al que esta sujeto la vivienda y se indica en el artículo 27 que es un motivo justificado para vender la vivienda antes de los 10 años y que sólo seria necesario la cancelación del préstamo convenido.

Tras mucho tiempo buscando un comprador, lo encuentro, y se ajusta a los requisitos de venta. Sin embargo, cuando voy a solicitar información para la autorización de venta de la VPO, en la Consejería de fomento de Castilla la Mancha, me indican que tengo que devolver las ayudas, que lo indicado en el decreto anterior esta derogado por los siguientes planes de vivienda.

No lo entiendo, pues en todo momento he seguido con lo indicado en este decreto, incluso cuando han salido decretos posteriores. Como ejemplo pondré el tipo de interés de la hipoteca, pues en el plan de vivienda 2005-2008 esta sujeto al IPREM multiplicado por un indice corrector; en planes posteriores no es así.

Quisiera saber si tengo alguna posibilidad de conocer a ciencia cierta si estoy obligado a devolver las ayudas, pues la venta de la vivienda la tengo que hacer si o si.

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Debería solicitar/exigir a la Junta que le indiquen la normativa que deroga ese artículo que usted invoca y según la cual usted debe devolver las ayudas.

Gracias por su respuesta. La derogación viene indicada en el plan de vivienda 2009-2012 de Castilla la Mancha, decreto 173/2009 . Sin embargo, no entiendo la frase: "sin perjuicio de la vigencia de las situaciones creadas a su amparo", pues hay capítulos completos derogados cuya norma he tenido que cumplir ( precio máximo de venta, tipo interés préstamo convenido...). Gracias de nuevo. Un saludo

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